El INE bateará a Claudia Ruíz Massieú, no organizarán elección del PRI


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Príncipes, Arlequines y Cortesanos

Por Luis Guillermo Franco

El Instituto Nacional Electoral tiene elementos legales para negarse a organizar la elección de la Presidencia y Secretaría General del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

El asunto es que el acuerdo aprobado en sesión del Consejo Político Nacional no se fundamentó en el artículo 174 de los Estatutos del PRI que contienen claramente las 4 razones exclusivas por las cuales se puede solicitar al INE que organice un proceso interno priista.

El artículo 174 dice textualmente (mis comentarios aparecen entre paréntesis y mayúsculas):

“La determinación de solicitar a la autoridad electoral la organización de la elección estatutaria de quienes deban asumir la Presidencia y la Secretaría General de los comités del Partido será motivada cuando se actualice alguno de los supuestos siguientes:

a) Existan conflictos internos que imposibiliten el adecuado funcionamiento del órgano de dirección; (SI SE ARGUMENTA ESTO, ACEPTAN QUE HAY UNA GUERRA INTESTINA Y QUE LA DIRIGENCIA DE CLAUDIA RUÍZ MASSIEÚ HA SIDO FALLIDA PORQUE NO HA PODIDO RECONCILIAR A NADIE DESPUES DE LAS ELECCIONES)

b) Exista imposibilidad material para la organización de la elección; (SI SE ARGUMENTA ESTA CAUSA ENTONCES SE ACEPTA QUE EL PRI ESTÁ EN QUIEBRA Y SIN LOS SUFICIENTES MILITANTES DISPUESTOS PARA COLOCAR CENTROS DE VOTACIÓN EN TODO EL PAÍS. LA BANCARROTA POLÍTICA Y ECONÓMICA)

c) No se encuentre integrado el órgano competente encargado de la organización de la elección y no sea posible que la Comisión Nacional de Procesos Internos ejerza facultad de atracción; (LA COMISIÓN NACIONAL DE PROCESOS INTERNOS SE ENCUENTRA PREFECTAMENTE INTEGRADA. SI NO PUEDEN ORGANIZAR LA ELECCIÓN DE LA DIRIGENCIA NACIONAL DEL PRI, ENTONCES SON UNOS INCOMPETENTES QUE DEBERÍAN RENUNCIAR POR VERGÜENZA).

d) Exista alguna causa fortuita o de fuerza mayor que amerite la organización a cargo de la autoridad electoral.” (NO EXISTE NINGUNA CAUSA FORTUITA O DE FUERZA MAYOR QUE IMPIDA QUE LA PROPIA COMISION NACIONAL DE PROCESOS INTERNOS DEL PRI LO ORGANICE) (FIN DE LA CITA)

El acuerdo que se encuentra disponible en el enlace http://pri.org.mx/bancoinformacion/files/Archivos/PDF/34021-1-14_40_00.pdf y en donde se puede identificar que en el primer párrafo alusivo a la fundamentación no aparece el artículo 174 de los estatutos, se justifica en una seríe de argumentos  que resultan frágiles.

El artículo 23 parrafó 1 inciso c de la Ley General de Partidos Políticos establece que es un derecho de los Partidos Políticos:

“Gozar de facultades para regular su vida interna y determinar su organización interior y los procedimientos correspondientes”; (ES DECIR, SON LIBRES DE AUTOORGANIZARSE)

Esto pondría en franco ridículo a Claudia Ruíz Massieu porque no se cumplió correctamente con los procedimientos previstos en los Estatutos y no habría tiempo de corregirlos porque la petición al INE debe hacerse por ley con al menos 6 meses previos al inicio del proceso electivo.

El INE tendrá ya muchos problemas con la elección extraordinaria que organizará en Puebla…. ¿ustedes creen que les interesará la posibilidad de enlodarse en el proceso del partido político que tiene el quinto lugar de representación política del país?

¿Se atreverán los Consejeros a asumir el riesgo de que al final de las elecciones de Puebla y el PRI se continúe con una campaña negra en su contra para tacharlos de incompetentes, con el riesgo de que se tuerzan las leyes para sacarlos?

¿El Presidente López y los legisladores de Morena se contendrían a una reforma electoral como la que sacó a Luis Carlos Ugalde del Instituto Federal Electoral para así promover a morenistas encubiertos como consejeros electorales?

Pero el otrora Partidazo se la puso fácil al INE. Lorenzo Córdova y sus muchachos pueden argumentar que no organizarán la elección interna porque esta petición debe hacerse 6 meses antes de la jornada electiva que se supondría debe ser en la primera quincena de agosto. Si el PRI tomo el acuerdo la noche del 27 de febrero por el Consejo Político Nacional y suponiendo que lo hayan entregado en el INE el 28 de febrero, los 6 meses no se cumplen.

Otro argumento con el cual los consejeros del INE pueden desembarazarse del PRI es que atendiendo a su libertad de AUTOORGANIZACIÓN, no cumplieron en su solicitud con ninguna de las causales que permitiría que el INE pueda organizarles su contienda.

La tienen muy fácil los del INE y en tal caso Doña Claudia Ruíz Massieú saldría por la puerta de atrás, porque o lógico es que tendría que renunciar.

Antes de elegir a la nueva dirigencia, el Consejo Político Nacional tendrá que elegir otro presidente sustituto.

Sigamos dialogando en tuiter @LuisGuiFranco


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Luis Guillermo Franco

Periodista punk. 13 años articulista de Organización Editorial Mexicana y 11 años como editor web. Twitter: @LuisGuiFranco

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